2 de septiembre de 2025

Residencia por pareja de hecho: requisitos clave y cambios recientes

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residencia por pareja de hecho

Índice

  • ¿Qué es una pareja de hecho en España?
  • ¿Qué opciones hay para obtener la residencia por pareja de hecho?
  • Tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea
  • Tarjeta de familiar de ciudadano español
  • Arraigo familiar: ya no se aplica para parejas de hecho
  • Otras alternativas si no puedes acceder al régimen comunitario
  • ¿Cómo registrar una pareja de hecho?
  • Duración y renovación de la residencia

En un mundo globalizado, el amor no conoce fronteras. Muchas parejas formadas por un ciudadano extranjero y un ciudadano español o europeo deciden construir una vida juntas en España. Para ello, existen diferentes formas de obtener la residencia  por vínculo con pareja de hecho, y a partir de la reforma del Reglamento de Extranjería en mayo de 2025, han surgido nuevas vías de regularización y criterios diferenciados que es fundamental conocer. En este artículo te contamos todo lo que necesitas saber sobre la residencia por pareja de hecho.

En este artículo, explicamos las principales formas de obtener la residencia por pareja de hecho en España, cómo varía el proceso según la nacionalidad de tu pareja, las diferencias entre la tarjeta de familiar comunitario y la tarjeta de familiar de ciudadano español, y por qué el arraigo familiar ya no se aplica en estos casos tras la nueva normativa.

¿Qué es una pareja de hecho en España?

residencia por pareja de hecho

Una pareja de hecho es una unión estable y pública entre dos personas, independientemente de su orientación sexual, que conviven de manera continuada y han registrado oficialmente su relación en un registro de uniones de hecho. Esta figura es una alternativa al matrimonio para parejas que desean formalizar su vínculo sin casarse y legalizar su situación a través de la residencia por pareja de hecho.

En España, no existe un registro nacional único de parejas de hecho. Cada comunidad autónoma establece sus propios requisitos, como el tiempo mínimo de convivencia, acreditación mediante empadronamiento conjunto, hijos en común, o la formalización mediante escritura notarial.

¿Qué opciones hay para obtener la residencia por pareja de hecho?

A partir de la reforma del Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024), las vías principales para obtener la residencia por pareja de hecho son:

  1. Tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea (régimen comunitario)
  2. Tarjeta de familiar de ciudadano español (nueva figura del régimen general)
  3. Autorización de residencia por circunstancias excepcionales (si no se cumplen requisitos del régimen comunitario)
  4. Arraigo familiar ya no se aplica en supuestos de pareja de hecho.

1. Tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea

Esta es la vía más habitual para obtener la residencia por pareja de hecho si tu pareja es ciudadano de la UE, del Espacio Económico Europeo o Suiza, y tú eres una persona extracomunitaria. Está regulada por el Real Decreto 240/2007 y permite obtener una tarjeta de residencia de cinco años, con permiso de trabajo.

Requisitos generales para obtener la residencia por pareja de hecho:

  • Ser pareja de hecho registrada con un ciudadano comunitario
  • Residir juntos en España
  • El ciudadano comunitario debe tener medios económicos suficientes o ejercer actividad laboral o profesional (asalariado, autónomo o estudiante con recursos)
  • No tener antecedentes penales ni prohibición de entrada
  • No haber roto la pareja antes del trámite

Documentación para obtener la residencia por pareja de hecho:

  • Certificado de pareja de hecho debidamente registrado
  • Documentación que acredite medios económicos o actividad laboral del ciudadano comunitario
  • Pasaporte en vigor del solicitante
  • Seguro médico (si no trabaja)
  • Empadronamiento conjunto (en algunas oficinas)

2. Tarjeta de familiar de ciudadano español

Con la entrada en vigor del Real Decreto 1155/2024 y la Instrucción SEM 1/2025, se establece una diferenciación clara entre familiares de ciudadanos comunitarios y familiares de ciudadanos españoles, a la hora de tramitar la residencia por pareja de hecho.

Cuando el vínculo se establece con un ciudadano español, ya no se utiliza el arraigo familiar como vía legal. En su lugar, se otorga una tarjeta de la nueva figura del régimen general por vínculo con española, con condiciones similares a las del régimen comunitario, pero con algunas diferencias.

Principales diferencias:

  • No se exige demostrar actividad económica del ciudadano español, salvo en situaciones concretas
  • En algunos casos, se puede solicitar directamente desde el país de origen a través del correspondiente visado

Requisitos:

  • Ser pareja de hecho registrada, o parejas no registradas con hijos en común o que acrediten una convivencia estable documentada, con un ciudadano español
  • Demostrar convivencia y vínculo estable
  • No tener antecedentes penales
  • No estar en situación de expulsión

3. Arraigo familiar: ya no se aplica para parejas de hecho

Una de las principales novedades del nuevo Reglamento es que el arraigo familiar ha quedado limitado a dos situaciones muy concretas:

  • Progenitores o tutores de menores de edad ciudadanos de la UE, EEE o Suiza  adre o madre de un menor de nacionalidad española
  • Personas que presten cuidados esenciales a un ciudadano comunitario con discapacidad 

Por lo tanto, ya no es posible solicitar residencia por arraigo familiar por el simple hecho de ser pareja de hecho de un ciudadano español. Esta vía, que era utilizada cuando no se cumplían los requisitos del régimen comunitario o cuando no existía pareja registrada, ha sido eliminada para unificar criterios.

Otras alternativas si no puedes acceder al régimen comunitario

Si no puedes registrar la residencia por pareja de hecho (por falta de tiempo de convivencia, imposibilidad administrativa o negativa de la comunidad autónoma), existen otras opciones:

  • Autorización por circunstancias excepcionales (arraigo social): si llevas tres años en España y puedes acreditar integración y contrato de trabajo
  • Autorización por razones humanitarias: si se dan condiciones especiales (violencia de género, enfermedad, etc.)
  • Arraigo de segunda oportunidad: si tuviste permiso de residencia anteriormente y lo perdiste sin haber cometido infracciones graves

¿Cómo registrar una pareja de hecho?

El procedimiento para registrar una pareja de hecho varía según la comunidad autónoma. Algunos ejemplos:

En Cataluña:

  • Se puede registrar mediante acta notarial de voluntad conjunta (sin necesidad de convivencia previa)
  • También se admite convivencia continuada superior a dos años
  • O tener hijos en común
    Luego se debe inscribir en el Registro de Parejas Estables de Cataluña, lo que permite al ciudadano extranjero solicitar la tarjeta comunitaria.

En Madrid:

  • Se exige al menos un año de convivencia
  • Empadronamiento conjunto
  • Declaración jurada y testigos

Duración y renovación de la residencia

La tarjeta de familiar de comunitario o de ciudadano español tiene una validez inicial de cinco años. Al finalizar ese plazo, se puede solicitar la residencia permanente si la pareja continúa, o modificar la residencia en caso de ruptura, separación o fallecimiento, siempre que se hayan cumplido los requisitos mínimos de convivencia o existan hijos en común.

Construye tu Vida en España con tu Pareja de Hecho
La residencia por pareja de hecho en España es una opción real y alcanzable, pero tras la reforma de 2025 es clave conocer las diferencias entre:

  • Tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea
  • Tarjeta de familiar de ciudadano español
  • Arraigo familiar, que ya no se aplica


Registrar correctamente la unión y contar con asesoramiento especializado aumenta  significativamente las posibilidades de éxito en la obtención de la residencia por pareja de hecho. No enfrentes el proceso solo: contáctame y te acompañaré paso a paso para que puedas vivir junto a tu pareja en España sin complicaciones.

Para más consultas, no dudes en contactarnos.

Sobre el autor

Luciano Banchi Abogado
Abogado con sólida experiencia en extranjería, gestiona con rapidez y eficacia solicitudes de nacionalidad española. Arraigos, tarjeta familiar comunitario, de residencia y trabajo, re-agrupación familiar, renovaciones y otras autorizaciones en toda España.

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  1. Gaston 6 de septiembre de 2023 at 13:14 - Reply

    Muy bien explicado 👍 muchas gracias!!!