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Existen situaciones excepcionales que ameriten recibir una autorización temporal de residencia en España. Una de ellas es el Arraigo Familiar.
Este status se les otorga a ciudadanos de países extranjeros que poseen hijos menores con nacionalidad española, así como a quienes tienen padres de origen español, y el nuevo supuesto para conyuges y/o parejas de hecho de persona española, y para otros familiares.
Su solicitud se hace ante la Oficina de Extranjería de la localidad en la que tiene fijado el domicilio la persona interesada.
Se puede gestionar de manera personal o a través del internet. En el segundo de los casos, es factible acudir a los servicios de profesionales del derecho.
Bases legales que lo sustentan
Existen una serie de leyes y reglamentos que norman y soportan el derecho a obtener esta forma de permiso de residencia temporal. Entre ellos se encuentran el artículo 31.3 de la Ley Orgánica 4/2000, promulgada el 11 de enero, relativa a las libertades de las que disfrutan los extranjeros dentro del Estado Español y sus garantías de integración social.
Asimismo, existen los artículos que van del 123 al 130 del Reglamento de Extranjería, aprobados por Real Decreto el 20 de abril de 20011, con reciente reforma por Real Decreto de 26 de julio de 2022, y las Instrucciones DGM 8/2020, que trata acerca de padres foráneos con hijos menores ciudadanos de la Unión Europea, incluyendo a España.
Casos en los que se puede conceder el Arraigo Familiar
Para recibir el permiso por arraigo familiar se deben cumplir al menos una de las tres condiciones estipuladas. Ellas son:
Ser padre o madre de un menor de nacionalidad española o comunitaria.
Si se es progenitor de un menor de edad con nacionalidad española se puede optar al Arraigo Familiar, se conviva o no con él. De existir la convivencia es necesario dejar constancia del cumplimiento de las obligaciones que como padre se tiene con el niño. Es decir, visitarle corrientemente y hacer entrega de una manutención.
Situación similar aplica cuando se trata de menores con pasaporte comunitario.
La reforma más reciente efectuada al Reglamento de Extranjería incluye como posibles beneficiarios de esta autorización excepcional a quien funja como tutor de un menor de edad con nacionalidad española o brinde apoyo a una persona española en estado de discapacidad, siempre que conviva con ella y la mantenga a su cargo.
Ser familiar de ciudadanos españoles
Esta situación es tomada en consideración cuando se es esposo, esposa o pareja de hecho (demostrada con acreditación) de una ciudadana o ciudadano español.
Igualmente sucede cuando se es mayor de 65 años y ascendiente de españoles. De tener menos edad, la solicitud sólo procederá si se comprueba que depende de su pareja (matrimonial o de unión libre) o de alguien que ostente la nacionalidad española.
Similares prerrogativas hay si se desciende de españoles y se tiene una edad mayor a los 21 años. De superar este rango sólo se considerará la autorización si está a cargo de un ciudadano español, su esposa, esposo o conviviente.
Comúnmente, los trámites que responden a estas características reciben permisos de 5 años para residir y trabajar en España.
Ser hijo de españoles originarios
También se tiene derecho a requerir una autorización temporal por Arraigo Familiar si el hecho planteado está relacionado con hijos de madre o padre que hayan sido españoles originariamente.
Ante este panorama, por lo regular, elpermiso remitido suele ser de 1 año, con aval para trabajar por cuenta ajena o propia. Cuando vence la Tarjeta librada para este fin se puede intentar una prórroga o la renovación.
¿Qué requisitos se necesitan para solicitar el Arraigo Familiar?
Para tener la opción de presentar una solicitud de permiso temporal bajo condiciones excepcionales por arraigo familiar, es necesario que ni tu ni tus familiares sean ciudadanos de ninguno de los Estados que componen la Unión Europea, Suiza o los países integrantes del Espacio Económico Europeo.
Por otra parte, es fundamental no tener antecedentes penales en España o en los lugares donde hayas vivido con anterioridad a causa de delitos tipificados como tales y penados por el ordenamiento legal español.
Tampoco deberás tener prohibida la entrada a España o en los territorios de naciones con los que esta tenga convenios en vigor.
Por último, no puedes estar dentro del plazo de tres años que estipula el compromiso de no retornar a España, tras el regreso voluntario a tu país.
Documentos necesarios para la solicitud
El inicio del proceso de solicitud de Arraigo Familiar conlleva la consignación de la documentación que a continuación se indica:
- Modelo Oficial de Solicitud EX-10, impreso por duplicado, llenados adecuadamente con los datos requeridos y firmados.
Este formulario se puede encontrar en la dirección electrónica http://extranjeros.inclusion.gob.es/es/ModelosSolicitudes/Mod_solicitudes2/index.html.
- Copia del pasaporte completo y del título de viaje, cuya vigencia debe ser de al menos cuatro meses.
- Certificación de no poseer antecedentes penales, despachado por los organismos con competencia en la materia de la nación en la que se haya habitado 5 años antes del ingreso a España.
De manera general se aportarán copias de los elementos mencionados, sin embargo, al momento de la presentación es imperativo que el solicitante exhiba los documentos originales.
Acreditación del vínculo familiar
Además de los que ya hemos mencionado, se debe disponer de credenciales adicionales según las particularidades del vínculo familiar a que alude la solicitud de arraigo.
Los progenitores o tutores de un menor español, por ejemplo, deben presentar el certificado de nacimiento del niño, donde debe constar la nacionalidad y el vínculo familiar existente.
En cuanto al tutor, se le exige el documento que prueba legalmente que mantiene la tutela del joven.
Cuando el arraigo se sustenta en el apoyo a un discapacitado, el extranjero precisa la acreditación que compruebe la discapacidad del originario de España y su necesidad de sustento para poder desarrollar su aptitud legal. Aunado a eso ha de presentar el DNI de la persona a la que atiende y demostrar que convive con él y lo mantiene a su cargo.
Si el vínculo al que se apela es el de cónyuge o pareja de hecho, ascendiente o descendiente, a cargo o no, de un ciudadano español es preciso demostrar con la debida documentación el nexo familiar o tipo de relación, conjuntamente con su DNI.
En lo concerniente a los hijos de padre o madre español, basta con mostrar su certificado de nacimiento y el de sus padres, junto al certificado del registro civil para ofrecer garantías de su parentesco.
Documentos expedidos en el extranjero
Es de gran relevancia tener presente que todo aquel documento de carácter público extendido por oficinas u organismos en el extranjero, debe ser legalizado ante el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación o las oficinas del consulado de España ubicadas en el país donde se originó.
Todo ello, antes de ser presentados como soporte de cualquier trámite.
Lo anterior no aplica cuando el documento se haya exento de legalización o ha sido apostillado por las autoridades de la nación emisora, siguiendo lo dispuesto por el Convenio firmado en La Haya el 5 de octubre del año 1961.
Los documentos elaborados en una lengua distinta al castellano han de ser traducidos por un traductor jurado.
Se puede acceder a una lista de traductores oficiales a través de la página web
De igual forma, los interesados en profundizar la información acerca de la legalización y traducción de documentos, pueden visitar el Portal de Inmigración
Proceso de tramitación del Arraigo Familiar
Los trámites relativos a la solicitud de Arraigo Familiar deben ser ejecutados en persona por el extranjero. Si se tratase de una persona menor de edad o de alguien que se encuentre impedido por alguna razón física, se puede solicitar el apoyo de un representante legal.
Para contactar o localizar la ubicación de la Oficina de Extranjería correspondiente a la provincia donde habita, el solicitante puede consultar el web site
Allí conseguirá la dirección, horarios dispuestos para atender al público y números de teléfono.
En caso de decidir llevar a cabo el proceso mediante el uso de internet, debe ingresar a la Sede Electrónica del Ministerio de Política Territorial
Otro paso a cumplir dentro del protocolo emprendido es el pago de la tasa de residencia temporal debido a causas excepcionales. Este tributo debe cancelarse en un periodo de 10 días hábiles tras ser admitido el trámite de solicitud.
El Modelo 790, bajo el código 052 y el epígrafe 2.5 corresponde a su abono. Para descargarlo e imprimirlo el extranjero debe ir a la web
Plazos para generar la notificación
Una vez cumplido con la presentación de acreditaciones y documentos exigidos y habiendo entrado al registro para la resolución de la petición, el ente autorizado a tal fin contará con 3 meses para producir una respuesta. Estos empiezan a correr a partir del día siguiente al ingreso de los recaudos.
Si no se ejecuta una notificación por parte de la Administración una vez finalizado el lapso referido, la solicitud será considerada como rechazada. No obstante, se recomienda un poco de paciencia, debido a que el cúmulo de trabajo al cual se encuentran sometidos los organismos púbicos, a veces genera algunos retrasos.
Si se recibe la notificación que autoriza la residencia temporal por motivos excepcionales, el extranjero tiene la posibilidad de, transcurrido un mes, acudir a solicitar su Tarjeta de Identidad, más conocida por las siglas TIE.
El trámite que requiere este nuevo proceso también debe ser asumido personalmente. Para esto están dispuestas las Oficinas de Extranjería y la Comisaría Policial del lugar en dónde se desarrollaron los pasos para obtener la autorización por Arraigo Familiar.
Para obtener más datos sobre el tema y conocer si es necesaria una cita previa, está el sitio electrónico
¿Qué hace falta para obtener la Tarjeta de Identidad de Extranjero?
El solicitante de la TIE deberá identificarse por medio de su pasaporte o cédula de inscripción.
Inmediatamente hará entrega del Modelo Oficial EX–17, referido a la solicitud de Tarjeta de Identidad de Extranjero, cuya descarga se hace en el site
Asimismo, dejará consignado el comprobante del pago de la tasa por la tarjeta y una foto actual, tamaño carné, tomada en fondo blanco.
Cuando la autorización se haga efectiva, el solicitante podrá conseguir su certificado electrónico en la plataforma
¿Cómo se renueva el Arraigo Familiar?
Si la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales obtenida es de 5 años, se debe estar pendiente cuando se acerque la fecha de su vencimiento para proceder a solicitar una residencia de larga duración.
Este trámite tiene como punto favorable el no requerir la disposición de un medio económico, por lo tanto, no hará falta la presentación de contratos, dar cuenta de los ahorros en el banco o justificar las actividades laborales.
Otro elemento destacable es el hecho de que la residencia de larga duración te otorga permiso para trabajar por cuenta ajena o propia.
Para garantizar el acceso a este derecho, es importante que tu residencia en España durante los últimos 5 años sea continuada. Si por alguna razón durante ese lapso te ausentaste del territorio español, esta no llegará a afectarte si es inferior a 6 meses continuos.
Cuando el motivo de la salida tiene relación con el trabajo, la ausencia no debe superar el año.
Si tienes dudas o te gustaría recibir asesoramiento personalizado en materia de extranjería, puedes ponerte en contacto llamando al 936 042 208.