La autorización de estancia de larga duración por estudios permite a personas extranjeras residir legalmente en España para cursar estudios superiores o de secundaria postobligatoria, participar en programas de movilidad académica, realizar voluntariado en proyectos de interés general o llevar a cabo actividades formativas como cursos de idiomas, programas preparatorios, certificaciones profesionales o labores como auxiliar de conversación.

Esta autorización aplica tanto a estudios presenciales como híbridos, siempre que al menos el 50 % del programa se desarrolle de forma presencial.

Diferencias entre el visado anterior y el nuevo modelo

Antes:

  • El visado de estudios solo permitía residir temporalmente en España.
  • Para trabajar era necesario solicitar una autorización adicional.
  • Se limitaba principalmente a estudios superiores presenciales.

Ahora (nuevo reglamento):

  • Se introduce la «autorización de estancia de larga duración por estudios».
  • Se permite trabajar sin necesidad de autorización adicional si se cursan estudios superiores.
  • Se amplían las actividades autorizadas: formación profesional, cursos de idiomas, programas de voluntariado, auxiliares de conversación, entre otros.
  • Se acepta la modalidad presencial e híbrida, siempre que al menos el 50% del programa sea presencial.

Requisitos y documentación

Para solicitar la autorización de estancia por estudios (desde España) o el visado de estudios (desde el extranjero), se requiere:

  • Formulario oficial de solicitud.

  • Pasaporte en vigor

  • Carta de admisión del centro educativo o del programa correspondiente

  • Justificante de pago de matrícula o inscripción

  • Seguro médico privado válido en España.

  • Acreditación de medios económicos suficientes para la estancia.

  • Certificado de antecedentes penales.

  • Justificante de alojamiento, si aplica.

El plazo de resolución es de hasta dos meses desde la presentación. Si no hay respuesta, se considera denegado por silencio administrativo.

Residencia y trabajo para estudiantes extranjeros

Existen varias opciones de permisos de residencia y trabajo para estudiantes internacionales que quieren quedarse en España después de terminar sus estudios.

Residencia:

  • La autorización tiene una duración máxima de un año, prorrogable si se siguen cumpliendo los requisitos.
  • En el caso de estudios superiores, la duración coincide con el programa académico.

Trabajo:

  • Los estudiantes de estudios superiores pueden trabajar de forma automática sin solicitud adicional.
  • Se permite trabajar por cuenta ajena o propia, hasta 30 horas semanales.
  • La actividad laboral debe ser compatible con los estudios.
  • También se permiten prácticas curriculares y formación profesional en empresas.

Es importante tener en cuenta que el derecho a trabajar se extingue si se pierde la condición de estudiante.